Polémica por una transfusión de sangre a Testigo de Jehová:
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Polémica por una transfusión de sangre a Testigo de Jehová:
Polémica por una transfusión de sangre a Testigo de Jehová:
Los médicos indicaron transfundir la sangre para preservar la vida de la paciente, pero ésta se niega, porque su religión lo impide. El caso recayó en manos del juez del Crimen de 4ª Nominación, Dr. Oscar Juárez, quien autorizó llevar adelante el tratamiento las veces que sea necesario. El caso de una mujer de sesenta y cinco años que se encuentra internada en el Hospital Regional Ramón Carrillo, porque su estado de salud es delicado y se niega a recibir una transfusión de sangre por su creencia religiosa, obligó a la intervención de la Justicia.
Ayer, el juez del Crimen de Cuarta Nominación, Dr. Oscar Juárez, hizo lugar al pedido de una médica del Regional, y autorizó la transfusión de sangre a una paciente que profesa las creencias de los Testigos de Jehová, y que por esta causa se negaba a tal procedimiento.
La mujer se encuentra internada en el Hospital Regional desde hace varios días, y debido a su delicado estado de salud los profesionales que la asisten consideraron necesaria una transfusión, porque de lo contrario su cuadro podría agravarse y pondría en riesgo su vida.
Calificadas fuentes hospitalarias revelaron a EL LIBERAL que la semana pasada, una profesional del Regional solicitó la autorización judicial para realizar la aludida práctica médica, debido a la negativa de la paciente y sus familiares. Ese pedido fue autorizado por el Dr. Juárez, debido al agravamiento de la salud de la interna.
Sin embargo, ante la necesidad de otras transfusiones, nuevamente los médicos recurrieron a la vía judicial, a lo que el magistrado hizo lugar.
"Si bien hay que aceptar las convicciones religiosas, las mismas ceden ante los tratados internacionales, que son ley para nosotros. Los criterios que se deben tener en cuenta son, en primer lugar, preservar la vida y los derechos esenciales de la persona", explicó el Dr. Juárez a EL LIBERAL.
Responsabilidad médica
La decisión de los médicos de recurrir a la Justicia se fundamenta en que los Testigos de Jehová no aceptan las transfusiones de sangre porque su creencia religiosa se los impide. Precisamente, ésta se colisiona con la responsabilidad legal de los profesionales de la salud en todo acto médico, además de que, por una cuestión ética, deben resguardar con los medios a su alcance la vida de los pacientes.
En tal sentido, el Dr. David Jarma, presidente del Consejo Médico de Santiago del Estero, entidad que regula el ejercicio profesional de los mismos, explicó que desde el punto de vista de la bioética, la negativa firme y sistemática de los Testigos de Jehová a recibir transfusiones de sangre se funda en una interpretación literal del pasaje bíblico de Levítico, lo que ha dado lugar en todo el mundo a abundantes controversias acerca de los límites que tienen el poder estatal y los profesionales, para imponer un tratamiento médico que es requerido para la conservación de la vida, contra esa voluntad.
"Hay que distinguir dos cosas cuando ocurren este tipo de casos. Por una parte, el requerimiento terapéutico ante la no urgencia, y por otra, el mismo requerimiento ante la emergencia. En los casos en los que no hay emergencia, los médicos deben respetar el concepto de libertad religiosa y la divinidad esencial de la persona, es decir, deben ejercitar el principio de autonomía. Pero si estamos ante una emergencia, entendida como el riesgo de muerte en forma inmediata si no se realiza la transfusión de sangre, impera el principio de beneficencia, es decir, el recurso terapéutico indicado por el profesional", recalcó finalmente.22/10/05
En tal sentido, el Dr. David Jarma, presidente del Consejo Médico de Santiago del Estero, entidad que regula el ejercicio profesional de los mismos, explicó que desde el punto de vista de la bioética, la negativa firme y sistemática de los Testigos de Jehová a recibir transfusiones de sangre se funda en una interpretación literal del pasaje bíblico de Levítico, lo que ha dado lugar en todo el mundo a abundantes controversias acerca de los límites que tienen el poder estatal y los profesionales, para imponer un tratamiento médico que es requerido para la conservación de la vida, contra esa voluntad.
"Hay que distinguir dos cosas cuando ocurren este tipo de casos. Por una parte, el requerimiento terapéutico ante la no urgencia, y por otra, el mismo requerimiento ante la emergencia. En los casos en los que no hay emergencia, los médicos deben respetar el concepto de libertad religiosa y la divinidad esencial de la persona, es decir, deben ejercitar el principio de autonomía. Pero si estamos ante una emergencia, entendida como el riesgo de muerte en forma inmediata si no se realiza la transfusión de sangre, impera el principio de beneficencia, es decir, el recurso terapéutico indicado por el profesional", recalcó finalmente.22/10/05
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