2006-10-25

UN CASO MÁS PARA LAS ESTADÍSTICAS

ArgAtea:
Cuantos casos más tenemos que ver?
Es necesario mostrar estadísticas de violaciones para ver cuantas mujeres son obligadas por ley a no abortar?
Es necesario hacer estadísticas para ver que una mujer "una mujer idiota o demente" cuando queda embarazada al ser violada, pierde todo derecho sobre su cuerpo y legalmente se le "abusa" y forza a gestar?
Se va tomando nota de cuantos casos hemos visto ya en lo que va del año? Cuantos más se espera ver para entender como la Justicia actua influenciada por el concepto equivoco de "persona por nacer" que toma de la religión.


25.07.2006

La Justicia impide abortar a discapacitada que fue violada y se reabre el debate sobre el tema

La Cámara Civil de La Plata no autorizó el aborto y ahora será la Suprema Corte bonaerense quien deba expedirse, lo que sentará un precedente. Aunque el Código Penal establece que el aborto en un caso como este no es punible, el tribunal se basó en el derecho a la vida.

Clarín.com
Una Cámara Civil de La Plata desautorizó el aborto de una joven discapacitada que fue violada y ahora deberá fallar al respecto la Suprema Corte de Justicia bonaerense, informaron fuentes judiciales.
El permiso para abortar fue solicitado a la justicia por la madre de una joven de 19 años, cuya identidad se reserva por razones legales, quien padece una incapacidad mental y habría quedado embarazada tras ser violada.
La Sala II de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó ayer la sentencia de primera instancia, en la que la jueza de Menores platense Inés Siro había denegado el pedido para que se le practique el aborto a la joven, que actualmente tiene 4 meses de embarazo.
Ante esta resolución, la Asesora de Incapaces, Laura Ozafrain, que representa a la progenitora de la joven apelará la medida, mediante un recurso extraordinario, ante la Corte bonaerense, que a pesar de haber comenzado ayer la feria judicial se reunirá de forma extraordinaria para resolver esa cuestión.
El máximo tribunal provincial nunca se expidió respecto al aborto, por lo que su resolución sentará precendente.
El caso de la joven, se trataría de un embarazo por violación de una discapacitada que no está penado por el artículo 86 inciso 2 del Código Penal, aunque se requiere del consentimiento de su "representante legal" para realizar el aborto. "Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto", reza el inciso.
El fallo de la Cámara Civil, fundado en la protección constitucional del derecho a la vida, ordena a la jueza de menores "supervisar de manera constante y directa el cumplimiento más eficiente y adecuado de la protección de la salud física y psíquica sea de la menor como del niño por nacer por intermedio de la subsecretaría de la Minoridad".
Se recuerda el artículo 4 del Pacto de San José de Costa Rica, que establece que "toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley, y en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente" y al artículo 63 del Código Civil establece que "son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno".
(Fuente: Télam)
http://www.clarin.com/diario/2006/07/25/um/m-01240115.htm