SALUD
SOCIEDAD
LEYES SOBRE SALUD REPRODUCTIVA
Viernes, 11 de Junio de 2004
Pagina 12
Salud
Son seis las provincias que consideran legal la ligadura de trompas o la vasectomía como una opción más de salud reproductiva aunque en la práctica las intervenciones son pocas, sea por prejuicio o falta de voluntad política. La semana pasada, en el Senado, se analizó la experiencia de Río Negro, pionera en este tema.
Una persona muy machista no se hace una vasectomía. Pero lo que a mí me interesa es ser feliz con mi pareja, y tampoco puedo mantener más hijos que los dos que tengo. Y además, alguna vez tenemos que poner el pellejo nosotros, ¿no? Lo que pasa es que la sociedad no te entiende. Muchos amigos me preguntaron ‘¿Y si te divorciás?’ Yo ni pienso en eso.” Jorge Ramírez es joven, tiene 41 años, pero decidió hacerse una vasectomía porque, por problemas de salud de su mujer, no tienen la posibilidad de cuidarse con otro método. Acaba de llegar de Villa Regina, Río Negro, donde lo operó el ginecólogo Mario Más, reconocido en todo el país por haber impulsado desde el Hospital de Villa Regina tanto las vasectomías como las ligaduras de trompas. Más hoy ya no forma parte del staff del hospital, pero sigue operando a través de la Asociación Patagónica de Acción Social (Aspas).
Ramírez fue uno de los asistentes al encuentro “Los límites de la ley: ligadura de trompas y vasectomía en Argentina. Experiencia y legislación en la provincia de Río Negro”, que se hizo el 3 de junio en la Cámara de Senadores coordinado por la senadora nacional por Río Negro Amanda Isidori (UCR). El debate formó parte del ciclo Género, Política y Liderazgo, que organiza el bloque de senadores de la Unión Cívica Radical, pero también respondió a la intención, a corto plazo, de la senadora Isidori, de presentar un proyecto de ley nacional para la ligadura de trompas y vasectomía. Isidori fue una de las impulsoras, como legisladora provincial, de las dos leyes que en su provincia habilitan estas intervenciones en los hospitales públicos. Y más allá de que Río Negro se haya tomado como caso por la pertenencia de la senadora, de las seis provincias que tienen algún tipo de normativa al respecto, es la que más trascendió debido a la lucha que llevaron adelante las mujeres de la provincia –usuarias, efectoras de salud, políticas, funcionarias– con el apoyo de Mario Más. La práctica, sin embargo, está lejos de la ley y, tal como explicó otra panelista, la legisladora provincial Marta Milesi, “a dos años de sancionada la ley, se hicieron algo más de 200 ligaduras de trompas y menos de 10 vasectomías en los hospitales públicos de toda la provincia. Hay algunos, como el de Roca, donde los médicos se siguen negando aduciendo la posibilidad de ser enjuiciados por mala praxis. Si bien se trata de un tema cultural, se esgrimen argumentos tanto religiosos como técnicos para no cumplir con la ley”.
El panel estuvo integrado –además de Isidori, Milesi y Más– por la legisladora provincial María Inés García y la médica Mabel Bianco, presidenta de la Fundación para el Estudio e Igualdad de la Mujer (FEIM). Las ideas que estuvieron presentes en todas las exposiciones fueron: la concepción de la ligadura y la vasectomía como un derecho inalienable de las personas a decidir sobre su salud sexual y reproductiva, avalado por convenciones y tratados internacionales que la Argentina suscribió y por tanto debería hacer cumplir; que ambos métodos contraceptivos deben ser considerados parte de la oferta de anticoncepción brindada por el Estado, en función de su alto grado de reversibilidad (“Si todo se recanaliza, incluso las arterias del corazón, es obvio que esto también”, dijo Mabel Bianco); y la falta de voluntad política a nivel nacional y provincial para hacer cumplir la legislación, donde existe, y fomentar su promulgación donde aún no está vigente.
Dos médicos presentes del Hospital Eva Perón, de la localidad bonaerense de San Martín, cuestionaron la reversibilidad en función de la experiencia cotidiana en una institución pública. “Nosotros atendemos casos de buena parte del conurbano y en el hospital se hacen ligaduras, pero de la forma en que son realizadas, desde el punto de vista quirúrgico, la reversibilidad es dificilísima.” Si bien la respuesta de Mario Más fue que “en manos entrenadas, la reversibilidad es de un 60 por ciento o 70 por ciento”, el debate que quedó abierto es el de las dificultades para concretar una práctica delicada en el contexto actual de desprotección sanitaria.
Jorge Ramírez fue uno de los tres hombres presentes que fueron o serán pacientes de Mario Más. Antes de llegar al médico de Villa Regina, Ramírez se informó con parientes españoles que se habían hecho la operación, investigó en Internet, y estaba decidido a viajar a España cuando escuchó en un programa radial a una legisladora de Río Negro que hablaba del tema. Se contactó con Más y el 30 de abril viajó a hacerse la intervención.
Rolando Ludwig, terapeuta colónico, de 58 años, asistió a la charla para conocer personalmente a Más, pero ya tiene la decisión tomada. “A los 54 años tuve mi primer hijo, a los 56 el segundo, y a los 58 el tercero. Por mi edad, no quiero tener otros. Además los últimos dos no fueron buscados, mi mujer tenía puesto un DIU e igual quedó embarazada. Con lo cual, si el DIU no va, las pastillas traen cambios hormonales y los profilácticos no los tengo incorporados por razones de edad, y además no tengo derecho a pedirle a ella, que tiene 35 años, que se haga una ligadura de trompas, la opción que nos queda es ésta. Y a mi edad la decisión no cuesta demasiado.” Antes de llegar a Más, Ludwig consultó con su obra social y con urólogos de la ciudad de Buenos Aires, pero todos se negaron a hacerle la intervención. “Hay algunas fantasías, como que sentís menos el orgasmo, pero aún no estoy totalmente informado sobre el tema. En cuanto a mi virilidad, no creo que se vea afectada: yo creo que Dios es femenino, es decir que la creación es un acto femenino, por tanto no me afecta desde lo reproductivo. Lo que yo quiero es vivir libremente mi sexualidad y que no esté comprometida mi salud mental, porque tres hijos ya es suficiente.”
Otro hombre, de traje, Rolando Maffioly, un abogado de 45 años de Zárate, también asistió para conocer personalmente a Más y viajar próximamente a Villa Regina. Tiene 7 hijos: “Por un lado me afecta la crianza: les quiero dar educación y contención psicológica, emocional y económica, y ya con siete es muy difícil. Por otro lado, quiero tener una sexualidad libre. Me informé bastante y los estudios que leí dicen que se puede perder un 1 por ciento de la potencia sexual, pero no me importa, aunque fuera el 10 por ciento me lo haría. En cuanto a mi círculo de amigos, me dicen que me voy a hacer maricón, me cargan. Hay mucha ignorancia”.
2006-06-30
SOCIEDAD
LEYES
SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
El Congreso analiza una ley que avala la anticoncepción con cirugías
El proyecto prevé que una persona podría requerir en el hospital público una vasectomía o una ligadura de trompas para no concebir. Un fallo de la Corte Suprema de Justicia ya autorizó a una mujer a utilizar el método
Cualquier hombre o mujer que decidiera no tener hijos podría requerir al sistema de salud público y privado de todo el país que se le practique una vasectomía o ligadura de Trompas de Falopio respectivamente, en caso de aprobarse en el Congreso de la Nación un proyecto de ley sobre control de la natalidad.
La iniciativa, que ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Salud, está lista para ser debatida el próximo miércoles en el recinto de la Cámara de Diputados. Dicho proyecto establece que no se requiere "indicación médica precisa, consentimiento del cónyuge ni autorización judicial" para llevar adelante los mencionados procedimientos de anticoncepción, aunque el paciente debe dar su consentimiento explícito.
En tal sentido se obliga a los médicos y especialistas a explicar al paciente las características, consecuencias y alternativas de anticonceptivos no quirúrgicos.
El proyecto también incluye una objeción de conciencia para médicos y personal auxiliar de practicar la intervención si atenta contra sus convicciones, lo que no exime al instituto médico de proporcionar al paciente otro facultativo.
La intervención deberá ser realizada sin cargo por el sistema público de salud, obras sociales y empresas de medicina prepaga.
El dictamen surgió como síntesis de seis proyectos presentados por las diputadas Juliana Marino de Capital Federal, Graciela Gutiérrez de Santa Cruz e Irene Bosch de Sartori de la provincia de Misiones; el proyecto de María del Carmen Rico de Buenos Aires, Marcela Rodríguez del ARI por Buenos Aires y la ex diputada socialista María Elena Barbagelata.
Un caso clave
El caso que sentó jurisprudencia fue el de Gloria Catalina Yapura, oriunda de Salta, madre de cuatro hijos y desocupada, quien presentó un recurso de amparo solicitando que se le autorice ser sometida a una ligadura de Trompas de Falopio.
La Corte Suprema de Justicia autorizó a la mujer a someterse a la operación, luego de dar a luz a su cuarto hijo.
Según información periodística, Yapura explicó ante la Justicia Correccional que deseaba ligarse las trompas porque tanto ella como su cónyuge se encontraban sin trabajo y el único ingreso familiar era el monto que recibían por ser beneficiarios de un Plan Jefes de Hogar.
Vasectomía
Desde hace mucho tiempo, las mujeres reclaman una paridad de responsabilidades en la tarea de prevenir los embarazos no deseados. Algunas de ellas tienen problemas para recibir anticonceptivos orales o dispositivos mecánicos como el DIU. Por este motivo la legalización de las vasectomías significaría una solución en éstos y otros casos.
La vasectomía es la interrupción quirúrgica del canal que conecta la unidad testículo-epidídimo con la uretra, interrumpiendo el flujo de espermatozoides. De esta manera una pareja puede mantener relaciones sexuales en forma natural sin riesgo de embarazo, aunque de ninguna manera previene las enfermedades de transmisión sexual.
El equivalente femenino de esta intervención sería la ligadura de Trompas de Falopio en la mujer.
Ligadura de trompas
Es una operación en la que se cortan y se ligan las Trompas de Falopio, que son los conductos por donde pasa el óvulo para ser fecundado. Al ligarlas impiden el paso de éste evitando que se produzca el embarazo.
El procedimiento se puede hacer en cualquier momento, incluso después del parto. No se remueven órganos. Con la ligadura la mujer sigue liberando un óvulo en cada ciclo menstrual y esto continúa en forma normal hasta la menopausia. Lo que quiere decir que la menstruación no desaparece sino hasta la menopausia.
http://www.nuevarioja.com.ar/
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ANTICONCEPCIÓN MEDIANTE CIRUGÍAS
SOCIEDAD
LEYES
ANTICONCEPCIÓN MEDIANTE CIRUGÍAS
Jueves 29 de Junio de 2006
http://www.lanacion.com.ar/informaciongeneral/nota.asp?nota_id=818973
Diputados: cerca de la media sanción
Avanza la ley para que sea gratuita la anticoncepción mediante cirugías
Los hospitales públicos podrán realizar ligaduras de trompas y vasectomías
La Cámara de Diputados se disponía a aprobar anoche y derivar al Senado el proyecto que habilita la práctica de ligaduras de trompas de Falopio y de vasectomías en los sistemas de salud público y privado de todo el país.
La iniciativa, que provocó polémica en diversos ámbitos y logró dividir a casi todos los bloques, establece que no se requiere “consentimiento del cónyuge ni autorización judicial” para operarse, aunque el paciente debe dar su “consentimiento informado”. Esto obliga a los médicos a explicar las consecuencias del procedimiento y las alternativas de utilización de anticonceptivos no quirúrgicos de “forma clara y suficiente”, según agregó una modificación de último momento.
A partir de esta ley, realizarse una ligadura de trompas o de conductos deferentes será totalmente gratuito tanto en el sector público de salud como con la cobertura de obras sociales o empresas de medicina prepaga, ya que las prácticas quedarán incorporadas al Plan Médico Obligatorio (PMO) ,que establece las prestaciones mínimas básicas del sistema de salud.
Hasta ahora, para lograr una intervención en un hospital público, una mujer o un hombre debían interponer un recurso ante la Justicia, y sólo se lo practicaban por expresa indicación médica si el juez lo requería, después de un largo proceso.
En tanto, en las obras sociales y las prepagas la intervención tampoco estaba contemplada, pero en muchos casos se practicaba en forma privada, sin dar intervención a la Justicia.
Desde el punto de vista médico, la ligadura de trompas de Falopio (encargadas de liberar los óvulos en la mujer) y la vasectomía (ligadura de conductos deferentes responsables de transportar los espermatozoides en el hombre) tienen por objeto evitar la fecundación.
El proyecto, cuestionado por la Iglesia Católica, incluye una objeción de conciencia, que libera a los médicos y personal auxiliar de practicar la intervención si atenta contra sus convicciones, pero eso no exime al centro de salud de aplicar el procedimiento, con otro profesional, o de derivarlo a otro lugar donde sí se lo practiquen.
Aunque la iniciativa permaneció más de un mes en debate en varias comisiones y había estado a punto de ser aprobada hace dos semanas, siguió provocando encontronazos en la Cámara de Diputados, donde ARI, Pro y los ex duhaldistas tanto del Peronismo Federal (ahora oficialistas) como los del justicialismo nacional (encolumnados detrás del ex ministro Roberto Lavagna) votaron divididos y con disidencias.
En cambio, el kirchnerismo, la UCR y el socialismo casi no tuvieron fisuras.
"Los profesionales que no desean hacer este tipo de prácticas tienen derecho a no hacerlo, pero obliga a los hospitales a cumplir con el deseo del paciente", explicó el titular de la Comisión de Salud, Juan Sylvestre Begnis (Frente para la Victoria-Santa Fe), informante por el oficialismo.
"Los artículos de la ley sólo afectan al que se lo hace, no ofenden la moral de terceros", explicó la diputada Alicia Tate (UCR-Santa Fe). Aunque la UCR tuvo observaciones parciales y no coincidió con algunos artículos del proyecto, se aprestaba al cierre de esta edición a aprobar la ley en general.
"Sólo me pregunto si esto no provocará que los hombres dejen de usar preservativos y se contagien y contagien el sida", cuestionó el diputado Juan Acuña Kunz (UCR-Santa Cruz), que, junto con su compañera de bloque Beatriz Leyba de Martí, y con algunos peronistas e integrantes de Pro, habían sido los que pidieron al kirchnerismo más tiempo para debatir la iniciativa.
Sin embargo, los dos votaron en favor de la ley en general.
Por el socialismo, la diputada Silvia Augsburger (Santa Fe) fue la encargada de defenderla. "Con esta ley se intenta disminuir las inequidades entre jurisdicciones, ya que hoy una mujer puede acceder a esta práctica en un hospital público en Santa Fe o Río Negro y no puede hacerlo en uno de San Juan o Jujuy", opinó.
Justamente, uno de los argumentos de sus defensores es que la ley igualará la normativa sobre anticoncepción quirúrgica en todo el país, porque ahora está permitida por la legislación distrital de 14 provincias, pero no en la legislación nacional.
En la mayor parte del debate, los diputados se trenzaron en una discusión sobre el alcance del carácter reversible de los tratamientos, donde impulsores y detractores presentaron estadísticas contradictorias.
Pero el mayor cruce se produjo entre la diputada de ARI Marcela Rodríguez (Buenos Aires) y su jefa partidaria, Elisa Carrió (Capital).
"También tenemos derecho a decisiones irreversibles cuando nos casamos con alguien, cuando tenemos un hijo, también son decisiones irreversibles", se enojó Rodríguez con los que aseguraban que la práctica no siempre tenía vuelta atrás.
"No quiero garantizarle a mi hija la libertad a los 22 años, quiero que la tenga para toda la vida", le contestó Carrió, la única de su bloque que votó en contra de la iniciativa.
Uno de los discursos más enfáticos de quienes cuestionaron la iniciativa fue el del riojano Mario Santander, del Peronismo Federal, que sostuvo que se trata de métodos "esterilizantes" que pueden llevar a la "castración", al considerarlos irreversibles. Esta fue una de las mayores críticas de los detractores de la ley. Otro cuestionamiento fue adjudicar a la ley el "tratar de impedir que nazcan pobres", una crítica que también había hecho la Iglesia.
Desde Pro, la diputada de Fuerza Republicana Eusebia Jerez (Tucumán) rechazó la iniciativa, reclamó que se incluyera la consulta a un equipo interdisciplinario y consideró que "si es una ley pensada para los pobres (para evitar que tengan hijos), debería quedar claro que la cobertura se refiere a la contracepción y a su reversión", algo que el proyecto no aclara específicamente.
Por Laura Capriata De la Redacción de LA NACION
Posturas Elisa Carrió (ARI)
"Cuando el pedido esté fundado en un mero deseo o en un goce sin circunstancias objetivas que demuestren necesidad, el Estado no debe prestar servicio y la ley no debe promover su utilización"
María Rico (Peronismo Federal)
"La esencia de este proyecto contempla el respeto por las decisiones individuales y la libertad del hombre o de la mujer de disponer del propio cuerpo. Buscamos dotarlos de mayor autonomía y que puedan elegir"
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SOCIEDAD
LEYES
RELIGIÓN - SECTAS
Legalización de la vasectomía y la ligadura de trompas
Jueves 29 de Junio de 2006
http://www.lanacion.com.ar/informaciongeneral/nota.asp?nota_id=818974
Duro comunicado del Episcopado
Ante el proyecto de ley para quese legalice la vasectomía y la ligadura de trompas, el Episcopado Argentino difundió ayer un crítico comunicado en el que se considera “una verdadera mutilación” estas prácticas que buscan ejercer un control sobre la natalidad.
“Es algo altamente irreversible, particularmente para la gente de bajos recursos. Estas intervenciones son una verdadera mutilación, que privan a la persona de las funciones de un órgano sano. Por esto mismo no son terapéuticas (pues no curan una enfermedad) y su legalización constituye una violación del derecho humano y de la integridad corporal”.
Además, según el Episcopado, esta ley, que en principio se pensó como una respuesta a las necesidades de los sectores más carenciados, “constituye una forma de discriminación hacia los más pobres, dado que la esterilización no soluciona la pobreza. Los problemas económico-sociales requieren soluciones económicas y sociales, no médicas”.
Por último, en su comunicado, la institución religiosa eligió dirigir un claro mensaje para los legisladores que están debatiendo esta ley en el Congreso, apelando a su deber y conciencia cívico-ciudadana.
“La responsabilidad social del legislador –dijo el comunicado– es muy grande, pues nos encontramos frente a una ley con efectos permanentes y duraderos. Como ciudadanos de esta nación y Pastores del Pueblo de Dios llamamos a cada uno de ellos y a la ciudadanía en general a buscar soluciones no mutiladoras, sino caminos de solidaridad y de promoción humana, que sean instrumentos útiles para trabajar por el bien común y el desarrollo de las personas y las familias, respetando la dignidad e integridad del ser humano.”
Publicado por ARGATEA - OBSERVATORIO ATEO DE ARGENTINA los 6:48 a. m. 3 comentarios
2006-06-18
HUMAN RIGHTS WATCH - FALTA DE DERECHOS DE LA MUJER
LEYES
ABORTO
DERECHOS HUMANOS
Argentina: piden por las mujeres
BBC Mundo, Buenos Aires
En un informe de 85 páginas presentado este miércoles en Buenos Aires, la organización denuncia la "forma en que jueces, médicos y personal de salud impiden que la mujer en Argentina tome decisiones autónomas en temas reproductivos, violándose así derechos humanos de la mujer internacionalmente reconocidos."
Según el informe, a pesar de que el aborto es ilegal en Argentina, en el país se practican aproximadamente medio millón de abortos por año, lo cual representa el 40% de todos lo embarazos.
El informe reconoce los pasos que está dando el actual gobierno en la implementación de reformas, pero señala que todavía resta mucho por hacer para que las argentinas gocen de verdaderos derechos en el área reproductiva.
El gobierno se defiende
El gobierno del presidente Néstor Kirchner ha implementado un programa de "salud sexual y procreación responsable", que apunta a la educación sexual y a la prevención de embarazos no deseados.
Entre otras cosas, el programa distribuye preservativos, anticonceptivos y DIU gratis. El gobierno también ha sancionado una ley de "parto humanizado".
"Este gobierno tiene un profundo compromiso con los derechos humanos..., y dentro de los derechos humanos está trabajando de manera muy comprometida en los derechos de las mujeres," señaló a la BBC María Lucila Colombo, presidente del Consejo Nacional de la Mujer.
Según María Colombo, "pasaron mucho años en que no se pudo tener una ley de salud reproductiva, pero ahora tenemos ley, tenemos presupuesto, tenemos un programa y tenemos un gobierno comprometido".
Responsabilidad del hombre
El informe de Human Rights Watch menciona el caso de Gladis M, una mujer de 35 años y madre de ocho niños, cuyo esposo le prohibía que usara anticonceptivos a la fuerza.
Pasaron mucho años en que no se pudo tener una ley de salud reproductiva, pero ahora tenemos ley, tenemos presupuesto, tenemos un programa y tenemos un gobierno comprometido
María Lucila Colombo, presidente del Consejo Nacional de la Mujer
"Muchas veces se trata la salud reproductiva como una parcialidad, como si sólo fuera anticoncepción y como si sólo fuera una cosa de mujeres," señala María Colombo.
Según Colombo, se trata de costumbres que están arraigadas en la gente de hace mucho tiempo y que llevan años cambiar.
El informe indica también que existen muchas trabas en los hospitales argentinos para las mujeres que quieren esterilizarse."Muchos hospitales públicos exigen que la mujer tenga el consentimiento de su marido para llevar a cabo este procedimiento, o que tengan al menos tres hijos o que sean mayores de 35 años", sostiene Human Rights Watch.
La cuestión del aborto
Todos estos impedimentos, según el informe, llevan a que muchas mujeres en Argentina se vean forzadas a practicar abortos en lugares donde no existe ningún tipo de control, lo cual pone en serio riesgo sus vidas y su salud reproductiva.
"Los tres campos sobre los que tenemos que trabajar, y estamos trabajando, son: derechos de las mujeres, el compromiso de los varones y la formación de profesionales," opina María Colombo.
Ahora bien, qué hay de la legalización del aborto, ¿sería ésta una forma de avanzar en los derechos reproductivos de las mujeres en Argentina?
"El gobierno no está trabajando una hipótesis de modificación de la legislación. Lo que estamos haciendo es implementar políticas fuertes de prevención, para que la mujer pueda tomar sus decisiones antes de llegar a un embarazo," señala la presidente del Consejo de la Mujer.
"Por otro lado, también estamos trabajando para que una mujer que llega con un aborto en curso a un hospital, tenga un trato humano, como se merece," concluye Colombo.
Nota de BBCMundo.com:
http://news.bbc.co.uk/go/pr/fr/-/hi/spanish/latin_america/newsid_4097000/4097664.stm
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DEBATE SOBRE EL ABORTO
LEYES
SOCIEDAD - ABORTO
Argentina debate aborto por internet
Rosario Gabino
BBC Mundo, Argentina
Así ocurre estos días en Argentina, donde hasta el 15 de agosto, por medio de la página de internet del Ministerio de Justicia, cualquier fundación o ciudadano común puede opinar por primera vez acerca de un anteproyecto de reforma del código penal.
Se trata de un documento redactado por una comisión de juristas que durante más de un año se ha tomado el trabajo de revisar toda la legislación penal del país y reescribirla, sistematizándola y agregándole modificaciones.
En la página del Ministerio se detallan los 341 artículos que conforman la nueva propuesta que, luego de ser revisada y enriquecida con las opiniones recibidas "online", pasará a los legisladores, que deberán aprobarla o corregirla.
Fuentes del Ministerio de Justicia le explicaron a BBC Mundo que ya han recibido más de mil correos con opiniones y comentarios de todo tipo.
El penalista Daniel Erbetta, miembro de la comisión que redactó el anteproyecto, le dijo a BBC Mundo que "es muy bueno tener el termómetro de la gente".
En el año 2003 se implementó el sistema de consulta por internet para elegir a los candidatos a ocupar un lugar en la Corte Suprema de Justicia.
Tema delicado
Algunas de las modificaciones que introduce este anteproyecto han generado polémica, especialmente la referida al aborto. Hay que considerar que alrededor del 90% de la población argentina es católica.
FÓRMULA POLÉMICA
No es punible la mujer cuando el aborto se practicare con su consentimiento y dentro de los tres meses desde la concepción, siempre que las circunstancias lo hicieren excusable
Sucede que la fórmula usada en el texto para este tema es bastante ambigua.
El anteproyecto también propone legalizar la tenencia de drogas para consumo personal y disminuir la pena de la eutanasia. Otros temas importantes que trata son los delitos de corrupción, contra los derechos humanos y contra el medio ambiente.
En Argentina el aborto es legal sólo en casos de mujeres con problemas mentales que hayan sido violadas, cuando la vida de la embarazada estuviera en riesgo o por imposibilidad de vida del feto.
ABORTO EN ARGENTINA
Unas 800.000 mujeres abortan cada año
Alrededor de 500 mujeres mueren por abortos mal realizados
De 1000 argentinos consultados, el 56% "justificó el aborto, en ciertas circunstancias".
El ministro del Interior, Aníbal Fernández, negó en estos días que el gobierno estuviera impulsando la despenalización del aborto. Sin embargo, la postura oficial frente a este tema parece ir suavizándose cada vez más.
El ministro de Salud, Ginés González García, aseguró varias veces que por razones sanitarias debería considerarse la legalización del aborto, ya que unas 800.000 mujeres abortan cada año en el país y alrededor de 500 mueren por abortos mal realizados.
Hace unos meses un obispo castrense replicó a González García con una frase de la Biblia, lo que desató un gran escándalo y le costó su puesto. La frase fue: "los que escandalizan a los pequeños merecen que les cuelguen una piedra de molino al cuello y los tiren al mar".
Si bien la mayoría de la población es católica, una encuesta publicada hace unos días por el diario La Nación, realizada por Gallup, indicó que de 1000 argentinos consultados, el 56% "justificó el aborto, en ciertas circunstancias".
Publicado por ARGATEA - OBSERVATORIO ATEO DE ARGENTINA los 7:30 a. m. 2 comentarios
LEY DE EDUCACIÓN SEXUAL
EDUCACIÓN SEXUAL
SOCIEDAD
ANTECEDENTES
http://www.ispm.org.ar/ddssrr/index.htm
Fallo sobre Salud Sexual y Reproductiva, de la Cámara Federal de Apelación de Córdoba (marzo 2003).
La Sala A del Tribunal Civil n 2 de la Cámara Federal de Apelación de Córdoba, presidido por Ignacio María Vélez Funes, por unanimidad revocó la medida cautelar dictada en diciembre del 2002 por la jueza federal de primera instancia del Juzgado n 3, ordenando la suspensión de la ejecución del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
También dispuso el rechazo del amparo promovido por Mujeres por la vida (filial Córdoba) por la manifiesta falta de legitimación activa para obrar, fundada en pretendidos derechos de incidencia colectiva e inexistencia de inconstitucionalidad de la ley nacional 25.673, procediendo al archivo de las actuaciones. Las costas estará íntegramente a cargo de la asociación civil Mujeres por la vida.
El Tribunal fue categórico en relación al grave error en que incurrió la jueza al hacer lugar al amparo en diciembre pasado. Califica esto como "abuso jurisdiccional con gravedad institucional" y agrega que "resulta claro que ni una asociación civil ni un juez de la Nación pueden atribuirse potestades para decidir por encima de los sujetos destinatarios de la ley, individualmente considerados y más allá de sus propias conciencias o libertades individuales".
El Tribunal califica esto como sobre judicialización. Reconocee que "no se encuentran reunidos en la especie los recaudos mínimos indispensables para la admisibilidad de la presente acción de amparo porque no se verifica de manera objetiva y concreta una lesión constitucional de garantías o derechos en forma actual o inminente, con motivo de la vigencia de la ley 25.673".
Publicado por ARGATEA - OBSERVATORIO ATEO DE ARGENTINA los 7:06 a. m. 0 comentarios
LEY DE EDUCACIÓN SEXUAL
SOCIEDAD
LEY DE EDUCACIÓN SEXUAL
Qué educación sexual llegará a las escuelas
Hay nueve proyectos en la Legislatura
Propuestas tan disímiles sobre educación sexual como impartirla desde el jardín de infantes o limitarla exclusivamente a talleres para padres caracterizan las muy variadas iniciativas que tiene la Legislatura porteña para comenzar a discutir un tema polémico y sensible a las familias, a la Iglesia y a la comunidad educativa.
Mientras algunos proyectos son más puntillosos, como los que proponen dar a conocer en las aulas métodos anticonceptivos (uno de ellos incluye informar sobre el uso del preservativo), otros se limitan a desarrollar conceptos más generales, como el de la responsabilidad en el ejercicio de la sexualidad y la educación para el amor.
Las divergencias se dan también entre quienes propician que los contenidos sean fijados por el Ministerio de Educación porteño y quienes les dan atribuciones a los padres o al propio colegio para decidir qué enseñar. Algunos proyectos contemplan dictar una materia obligatoria (aunque en ningún caso implicaría un impedimento para aprobar el año) y otros, como contenidos transversales, dentro de asignaturas ya existentes.
Oficialistas (cercanos a Telerman y kirchneristas) y de La amplia variedad responde a iniciativas presentadas por legisladores a oposición (macristas, de ARI, agrupaciones de izquierda e independientes).
Estos proyectos se reactivarán en las próximas semanas a partir del anuncio del ministro porteño de Educación, Alberto Sileoni, de avanzar hacia una ley de educación sexual en la Capital. Como informó LA NACION el jueves último, la intención es que la norma pueda ponerse en práctica en las aulas en marzo del año próximo.
Los nueve proyectos, a los que se podrían sumar otros, serán en principio la base a partir de la cual buscarán el consenso Sileoni y la Legislatura, a través de la Comisión de Educación, con la intención de evitar el fracaso del debate que se intentó en los últimos dos años.
El proyecto de Ana María Suppa y Diego Kravetz (Frente para la Victoria) y Florencia Polimeni (radical disidente) propone una educación sexual integral, con aspectos informativos y formativos, durante el período de enseñanza obligatoria.
Delega en el Ministerio de Educación porteño la selección de los contenidos, según el desarrollo psicofísico de los alumnos y la capacitación de los docentes. Y permite que cada escuela pueda agregar contenidos sobre valores éticos, en tanto que no contradigan los principios constitucionales.
Suppa, una de las legisladoras que motorizó el debate en 2004, propone un espacio interdisciplinario para abordar la educación sexual integral. Dispone que los padres reciban información y participen en la elaboración de programas.
El proyecto de Santiago de Estrada y Jorge Enríquez (Juntos por Buenos Aires) se hace extensivo a las escuelas públicas y privadas, a partir del séptimo grado. Establece que la educación sexual se imparta como contenido transversal y respete los valores y las convicciones de la familia, como agente natural, primario e insustituible de la comunidad educativa. Y son los establecimientos educativos los que comunicarán el diseño de su propio programa al Ministerio de Educación. Uno de los objetivos es la reflexión y responsabilidad en el ejercicio de la sexualidad en el marco de la educación para el amor. Los padres podrán realizar objeciones.
El proyecto de los legisladores Liliana Parada y Juan Manuel Velasco (ARI) incorpora programas de educación sexual durante la enseñanza obligatoria, desde el nivel inicial hasta la formación docente. La norma se aplicaría en los establecimientos dependientes o supervisados por el Ministerio de Educación. También encarga al gobierno local definir los ejes temáticos que se incluirán en los programas. Las actividades serán obligatorias, conforme con el proyecto institucional de la escuela y se respetará la realidad sociocultural de la comunidad escolar.
Areas integradas
Julio De Giovanni y otros legisladores (Partido de la Ciudad) proponen un programa para el cuidado y el respeto del cuerpo durante la enseñanza obligatoria, en escuelas estatales y privadas. Disponen que los ministerios de Educación y de Salud seleccionen los contenidos básicos y determinen su aplicación, además de realizar cursos para docentes.
El programa se implementará a través de las unidades temáticas como ciencias sociales, biológicas, educación física o como materia específica. Y los padres podrán participar en cuatro talleres anuales.
La iniciativa de Gerardo Romagnoli y Noemí Olivetto (Autodeterminación y Libertad) entiende que la educación sexual debe estar integrada a todas las áreas, por ser parte de la sexualidad humana. Sugiere informar sobre el ejercicio responsable del placer, el erotismo y la reproducción. Y debe impartirse con perspectiva de género, tanto en los colegios públicos como privados. Recomienda educar para concientizar sobre el uso de métodos anticonceptivos.
La ley se hace extensiva a los programas para niños y jóvenes que se encuentran fuera del sistema de educación formal. La asistencia a los cursos o clases sobre educación sexual será obligatoria, pero no será un impedimento para que los alumnos aprueben el ciclo lectivo.
También Rodrigo Herrera Bravo (Compromiso para el Cambio) encomienda al Ministerio de Educación determinar los contenidos mínimos de educación sexual, según las etapas de desarrollo de los alumnos, y establece programas de capacitación docente. Indica que las familias cumplen un rol esencial en la educación y orientación sexual de los chicos y, por tanto, la función de las escuelas es complementaria. Contempla que el gobierno porteño establezca mecanismos de participación de las familias interesadas en los programas.
Cada colegio, con intervención del ministerio, podrá incorporar contenidos adicionales que se ajusten a los valores éticos y morales incluidos en el ideario de la institución.
En la Legislatura siguen vigentes tres proyectos presentados por legisladores que ya cumplieron su mandato.
Juan Carlos Lynch (Demócrata) da preeminencia a los padres. Establece talleres de educación sexual optativos para padres, tutores o responsables de los niños y adolescentes, en los establecimientos educativos de enseñanza privada y pública. El gobierno deberá promover la participación de las instituciones educativas en la elaboración de los contenidos y realizar un relevamiento anual sobre los alcances del programa.
Ricardo Busacca (Alternativa Federalista) incluye en su proyecto una materia de educación sexual, de carácter extracurricular, en los colegios secundarios. Contempla que las escuelas comuniquen el diseño de su programa a la autoridad de aplicación de la norma, que podría rechazarlo. A su vez, se debe informar a los padres del menor sobre el contenido de la materia para garantizar su libertad de elección respecto de la educación de sus hijos.
Alicia Bello (Frente para la Victoria) extiende el proyecto a los alumnos primarios y secundarios de escuelas públicas y privadas, incluyendo a las instituciones de enseñanza diferencial.
Prevé incorporar la temática de salud sexual y reproductiva responsable dentro de los contenidos mínimos de los diferentes niveles de educación y en los programas de la carrera docente. La autoridad de aplicación sería el Ministerio de Educación porteño. Y garantiza el derecho de los padres a expresar sus objeciones a las autoridades de la escuela, para ser exceptuados. La iniciativa prevé informar, según el período evolutivo del grupo, acerca del preservativo como método anticonceptivo y de prevención del contagio de enfermedades de transmisión sexual.
Por Laura Casanovas
De la Redacción de LA NACION
Debates simultáneos
# A los debates que se sucederán en el gobierno porteño para avanzar en la sanción de una ley de educación sexual, se sumará el trabajo similar que se emprenderá en la Cámara de Diputados de la Nación, a partir de seis textos ya presentados, afirmó la presidenta de la Comisión de Educación, Blanca Osuna (Entre Ríos-Frente para la Victoria). Las discusiones se darán en momentos en que el ministro Daniel Filmus inició las rondas de consultas para promover la sanción de una ley de educación nacional, en reemplazo de la ley federal aprobada en 1993.
http://www.lanacion.com.ar/cultura/nota.asp?nota_id=815850
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2006-06-13
COMUNICADO DE PRENSA
Amenazas y agravios durante la proyección de un film en la Legislatura
Una repetición continua
El martes 6 de junio realizamos la proyección del film "El toro por las astas", de la directora Susana Nieri, en el Salón Dorado de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los diputados de Autodeterminación y Libertad Noemí Oliveto y Gerardo Romagnoli decidimos impulsar esta actividad convencidos de que dicho film contribuye al abordaje y debate de la compleja problemática de la educación sexual, la anticoncepción, la reproducción responsable y las complejidades culturales que entrañan los embarazos adolescentes.
Pero una vez más pudimos comprobar que mientras un 80% de la población no sólo quiere debatir esta problemática, sino que demanda pasos concretos, grupos que practican un marcado fundamentalismo se hicieron presentes con sus habituales actitudes antidemocráticas y provocadoras.
No sólo el tono de sus intervenciones mostraba una ausencia absoluta de generar un espacio de reflexión e intercambio, sino que además una importante cantidad de personas de este grupo llegaron ya casi sobre el final de la proyección es decir a debatir sobre algo que no había visto. Pero la enorme mayoría del público que colmó la sala no se prestó a ninguna de las provocaciones que intentaron y manifestaron su apoyo al film proyectado y a la iniciativa que lo permitió.
Finalizada la proyección, fuimos advertidos de que en la puerta de ingreso a la Legislatura por la calle Perú 160 se encontraba un grupo de 30/40 personas con una bandera que decía "No al aborto, si a la vida" que, además de cantar consignas en ese sentido se dedicaron a vivar cuando salieron quienes habían entrado con claras intenciones de impedir el debate y repudiar la proyección. Generaron un situación tal que los organizadores, la directora y sus colaborador@s, y un sector del público debimos salir por otra puerta.
Los mismos grupos y los mismos métodos que ya en el Centro Cultural San Martin, cuando trajimos a la doctora Rebecca Gomperts (fundadora de la ONG holandesa Mujeres Sobre las Olas), buscaron por todos los medios -incluso la violencia - impedir que lleváramos adelante esta actividad.
Es claro que no lograron su objetivo pero nos quedaron muchas preguntas:
· No tenemos derecho a organizar este tipo de actividades en la Legislatura cuando es un lugar público solventado por el dinero de los impuestos que pagan los vecinos?
· Qué conexiones tienen estos grupos con quienes forman parte de este cuerpo legislativo y se envalentonan tomando este tipo de actitudes?
· De dónde sacaron la versión de que ".la diputada Oliveto dio la orden de que no se los dejara entrar", como lo manifestó una mujer de este grupo que estaba en la sala?
· Muchos medios, semanas atrás anunciaban una pronta discusión sobre la Ley de Educación Sexual en la ciudad. No tendrá esto que ver con intenciones de -nuevamente- impedir su debate?
· No hubiera sido importante la presencia de algunos otros diputados que se han pronunciado favorables a la sanción de esta Ley para rechazar estas actitudes, ya que ninguna/o se hizo presente?
Dip. Noemí Oliveto
Dip. Gerardo J. Romagnoli
Autodeterminación y Libertad
Prensa AyL 155 8013984 / 43383256
http://www.aciprensa.com/ (Medio del Vaticano - Iglesia Católica)
"... Gobierno financia documental abortista y blasfemo en Argentina BUENOS AIRES, 08 Jun. 06 (ACI).- La agencia Notivida denunció que el Gobierno argentino ha financiado a través del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) un documental que promueve el aborto con ataques blasfemos hacia la Iglesia Católica. Según informó la periodista Mónica del Río de Notivida, la producción titulada "El toro por las astas" dura 80 minutos y fue exhibida en la Legislatura de Buenos Aires por iniciativa de la diputada Noemí Oliveto. El documental recibió el aplauso de la militante abortista María José Lubertino y representantes de las autodenominadas "Católicas por el Derecho a decidir", una de las asociaciones entrevistadas en el filme. En el documental "no faltan blasfemias: se satiriza la Encarnación del Verbo y se presenta a la Santísima Virgen como una más de las mujeres que a lo largo de la historia fue forzada a quedar embarazada", asegura Del Río. Del Río denunció que el INCAA subvencionó el documental con $240 mil pesos (casi 80 mil dólares) entregados a Susana Nieri, directora y guionista del mismo. Nieri también "obtuvo una carta de recomendación del Ministro de Salud, Ginés González García, que le abrió las puertas de las secretarías de cultura de las nueve provincias en las que filmó. Las mismas provincias donde ahora se está exhibiendo; la semana pasada se proyectó en Mendoza, ayer (el martes 6) se proyectó en la Ciudad de Buenos Aires y se anticipó que el 18 de agosto la muestra se hará en Neuquen". En el documental, Nieri -que ha confesado haberse sometido a un aborto a los 20 años de edad- hace una defensa cerrada del aborto como "solución" para cualquier embarazo no esperado. Según Del Río, "el ataque a la Iglesia recrudece en las escenas filmadas en Salta y en Córdoba. El problema de Salta explica la entrevistada es que ‘la gente humilde le hace caso a los párrocos’. En Córdoba se denosta a la jueza Garzón de Lascano y su fallo en contra de las ‘píldoras del día después’; se destaca asimismo ‘la presión de la Iglesia’ y se muestra, entre otras cosas, la imagen del Papa Benedicto XVI con la leyenda ‘El cruzado’". El filme también incluye "un extenso diálogo entre el Ministro de Salud y su Viceministro, Graciela Rosso, donde, además de hacer el panegírico de su gestión, reiteran la descripción ideologizada de la actualidad que usualmente usan para fundar la necesidad de despenalizar el aborto". Nieri ha revelado en el debate posterior a la proyección que "el objetivo es pasar la película en las escuelas comenzando por la provincia de Río Negro con la que ya está en tratativas. Durante el filme se reproduce una entrevista a la diputada María Inés García, autora, junto a Marta Milesi, del proyecto sobre aborto no punible". Actualmente, Nieri aguarda una audiencia con el Ministro de Salud para proyectarla en todas las escuelas del país. -------------------------------------------------------------------------------- Copyright @ ACI Digital (http://www.acidigital.com)
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2006-06-12
SOCIEDAD
EDUCACIÓN SEXUAL/ABORTO
El toro por las astas, una investigación audiovisual del embarazo no deseado
Por Colectivo Indymedia Córdoba - Tuesday, Jun. 06, 2006 at 1:08 PM
El toro por las astas
Creo que falta mucho trabajo por hacer, y me parece que lo que hace el cine, lo que tiene de maravilloso, es eso, te pone como testigo: cuando se apagan las luces, y se prende la película, se acaba la discusión, porque la realidad es tan fuerte cuando hay una imagen, una situación captada por una cámara, por personas que estamos ahí como testigos. Entonces es un material de reflexión, realizada con un objetivo, primero y antes que nada, social, que es que pueda convertirse en un material de consulta, de trabajo para el movimiento de mujeres, para todos los grupos que trabajan estas problemáticas con grupos de personas, tanto de mujeres como de varones.
Lo que sí yo pude observar como común son estos macro temas que marca la película y que aparecen siempre en los distintos lugares, más allá de que las realidades del norte y del sur son completamente distintas, en cuanto a lo legislativo, en cuanto a la cabeza de la gente, en cuanto a cómo se llevan adelante las cosas…
Ahora lo que sí es cierto es que en todos los lugares hay grupos de mujeres que están laburando, que llevan adelante las cosas, o los proyectos, con mayor o menor trascendencia, y sí se puede ver como grandes denominadores: por supuesto, toda la discusión sobre los géneros, sobre la situación del género femenino frente a la situación del masculino; otro gran tema es la pobreza y la alfabetización, en el que el Estado tiene que hacer bastante, porque tiene que ver con un sistema en el que todos estamos metidos, mujeres, hombres, chicas, chicos, de la pobreza, y de la calidad de vida de las personas; la repetición de los modelos es otro tema; pero sobre todo, y así como la percepción más fuerte y que me parece que de esto no se habla nunca y que debiera empezar a hablarse más seriamente, son las cuestiones más subjetivas de las personas, las cuestiones de comunicación, con esa respuestas que te dan las chicas, que las vas a ver en la película, cuando una de ellas le preguntás por qué, y te dice “porque yo me quería ir de mi casa, porque yo con mi vieja no puedo hablar nada, yo estos temas con mi vieja no los puedo hablar”.
Hay todo un trabajo que hacer que tiene que ver con este sistema en el que estamos todos inmersos, en el que padres y madres están estando ausentes de la vida de los chicos y de las chicas.
Entonces, está ausente la familia, está ausente el Estado en cuanto a la educación, porque la educación en las escuelas no se da, no hay un espacio donde los chicos y las chicas puedan hablar de estos temas, lo único que reciben es información. Y con la información no se hace nada, hoy cualquiera baja información de cualquier lado, está disponible, pero lo que falta es otra cosa, y me parece que si tuviera que tomar una decisión desde dónde trabajar estos temas empezaría por ahí.
Y por eso me parece que la película, el cine, todo lo que es audiovisual ayuda, y por eso el proyecto de poder meter la película como disparador para trabajar con los chicos y con profesionales, con psicólogos, con trabajadores sociales, filósofos, abordarlo desde todos lados, porque no es un tema de salud nada más, es un tema social. Y que después los chicos puedan hacerlo carne, internalizarlo a través de un trabajo audiovisual, porque cuando vos te encontrás con la realidad a través de una cámara, de foto de video, y te metés a trabajar sobre eso, ahí es donde todo lo que vos venías trabajando teóricamente te hace clack, es como la ficha que baja.
Entonces me parece que si sale el papa diciendo que él no está de acuerdo con los casamientos gay, porqué no puedo salir yo diciendo no, o vos, o quien sea. Me parece que la libertad de expresión es uno de los derechos individuales de las personas en democracia, hay que respetarlo, y no me da miedo, no me amedrento.
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PROYECTO DE LEY - ABORTO
LEYES
ABORTO
SOCIEDAD
http://www.jus.gov.ar/minjus/codigo_penal/docs/Anteproyecto_Part_02.htm
COMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA Y ACTUALIZACIÓN INTEGRAL DEL CÓDIGO PENAL (RESOLUCIONES M.J. y D.H. Nº 303/04 y Nº 136/05) ARTICULADO LIBRO PRIMERO: TEXTO FINAL AL
LIBRO SEGUNDO
DE LOS DELITOS
TITULO I
DELITOS CONTRA LA HUMANIDAD
CAPITULO I. Genocidio, desaparición forzada de personas y otros delitos de lesa humanidad
ARTICULO 70.- Se aplicará prisión de DIEZ (10) a TREINTA (30) años, al que con la finalidad de destruir total o parcialmente a un grupo en razón de su nacionalidad, etnia, raza o religión, perpetrare alguno de los siguientes hechos:
- matanza de miembros del grupo;
- lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
- sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
- medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo;
- traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
ARTICULO 71.- Será reprimido con prisión de DIEZ (10) a TREINTA (30) años el funcionario público o persona que, actuando con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, privare de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, y omitiere informar sobre la misma o respecto del paradero de la persona.
El funcionario público que, teniendo la posibilidad y competencia para evitar la comisión del hecho descripto no lo hiciere, será reprimido con la pena disminuida en un tercio.
ARTICULO 72.- Se aplicará prisión de DIEZ (10) a TREINTA (30) años al que perpetrare un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, cometiendo cualquiera de los actos siguientes:
- homicidio;
- exterminio;
- esclavitud;
- deportación o traslado forzoso de población;
- encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
- tortura;
- violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable;
- persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género u orientación sexual, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional;
- otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
ARTICULO 73.- Será reprimido con prisión de UNO (1) a SEIS (6) años el que tuviere parte en una organización de TRES (3) o más personas destinada a cometer algunos de los delitos previstos en este Título, por el solo hecho de ser miembro de la organización.
CAPITULO II. Crímenes de guerra. Tratos inhumanos, empleo de medios prohibidos y utilización de medios desleales.
ARTICULO 74.- Será reprimido con prisión de OCHO (8) a TREINTA (30) años el que, con ocasión de un conflicto armado matare a cualquier persona protegida.
ARTICULO 75.- Será reprimido con prisión de DIEZ (10) a VEINTICINCO (25) años el que con ocasión de un conflicto armado causare lesiones de las previstas en el artículo 104 de este Código a cualquier persona protegida; o pusiere en grave peligro su vida, salud o integridad física o psíquica; la hiciere objeto de tortura o tratos inhumanos, humillantes o degradantes, incluidos los experimentos biológicos; u obligare a tolerar una relación sexual contra su voluntad; o indujere o forzare a la prostitución, la esclavitud sexual, el embarazo forzado o la esterilización forzada.
ARTICULO 76.- Será reprimido con prisión de OCHO (8) a VEINTICINCO (25) años el que, con ocasión de un conflicto armado, empleare u ordenare emplear métodos o medios de combate prohibidos; o lanzare ataques indiscriminados, a sabiendas de que causará pérdidas de vidas, lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil; o causare la muerte o lesiones a un enemigo o combatiente adversario que hubiere depuesto las armas u ordenare no dar cuartel, o matare o hiriere a traición a personas pertenecientes a la nación o el ejército enemigo o a los combatientes adversarios.
ARTICULO 77.- Será reprimido con la misma pena del artículo 76 el que, con ocasión de un conflicto armado, empleare armas, proyectiles, materiales y métodos de guerra que causaren daños superfluos o sufrimientos innecesarios.
ARTICULO 78.- Será reprimido con prisión de TRES (3) a VEINTICINCO (25) años el que:
a)violare a sabiendas la protección debida a hospitales, instalaciones, material, unidades y medios de transporte sanitario, campos de prisioneros, zonas y localidades sanitarias y de seguridad, zonas neutralizadas, lugares de internamiento de la población civil, localidades no defendidas y zonas desmilitarizadas, dadas a conocer por los signos o señales distintivos apropiados;
b)reclutare o alistare menores de DIECIOCHO (18) años;
c)obligare a un prisionero de guerra o persona protegida a servir, en cualquier forma, en las fuerzas armadas del adversario, o lo privare de su derecho a ser juzgados regular e imparcialmente;
d)deportare, trasladare de modo forzoso, o detuviere ilegalmente a cualquier persona protegida o la utilice para poner ciertos puntos, zonas o fuerzas militares a cubierto de los ataques del adversario;
e)trasladare y asentare en territorio ocupado a población de la parte ocupante, para que resida en él de modo permanente;
f)impidiere o demorare injustificadamente, la liberación o la repatriación de prisioneros de guerra o de personas civiles.
ARTICULO 79.- Será reprimido con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años el que:
a)destruyere o dañare un buque o aeronave no militares;
b)atacare, destruyere o sustrajere bienes indispensables para la supervivencia de la población civil.
ARTICULO 80.- Será reprimido con prisión de TRES (3) a SEIS (6) años el que, con ocasión de un conflicto armado:
a)Usare indebidamente o de modo desleal los signos protectores o distintivos, emblemas o señales establecidos y reconocidos en los Tratados internacionales en los que la República Argentina fuere parte, especialmente los signos distintivos de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;
b)utilizare indebidamente o de modo desleal bandera, uniforme, insignia o emblema distintivo de Estados neutrales, de las Naciones Unidas o de otros Estados que no sean parte en el conflicto, de las Naciones Unidas o de partes adversas, así como los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales para cubrir, favorecer, proteger u obstaculizar operaciones militares;
c)utilizare indebidamente o de modo desleal bandera de parlamento o de rendición.
ARTICULO 81.- Las disposiciones del presente Capítulo no se aplicarán a las situaciones de disturbios o conmoción interior. ARTICULO 82.- Cuando en alguno de los delitos de este Título hubiese intervenido un funcionario público se le impondrá, además, pena de inhabilitación absoluta por el mismo tiempo de la condena.
TITULO II
DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
CAPITULO I. Delitos contra la vida
ARTICULO 83.- Se aplicará prisión de OCHO (8) a VEINTICINCO (25) años, al que matare a otro siempre que en este Código no se estableciere otra pena.
ARTICULO 84.- Se impondrá prisión de DIEZ (10) a TREINTA (30) años al que matare:
a)a su ascendiente o descendiente, sabiendo que lo son;
b)con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso;
c)por precio o promesa remuneratoria;
d)por placer, codicia, odio racial o religioso;
e)por un medio idóneo para crear un peligro común;
f)con el concurso premeditado de DOS (2) o más personas;
g)para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito, o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito;
Cuando en el caso del inciso a) de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión de OCHO (8) a VEINTICINCO (25) años.
[...]
ARTICULO 92.- El aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer, no es punible:
a) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o psíquico-social de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;
b) Si el embarazo proviene de una violación. Si se tratare de una menor o incapaz, se requerirá el consentimiento de su representante legal.
ARTICULO 93.- No es punible la mujer cuando el aborto se practicare con su consentimiento y dentro de los TRES (3) meses desde la concepción, siempre que las circunstancias lo hicieren excusable.
No es punible el médico que, dentro de los TRES (3) meses desde la concepción, practicare un aborto con el consentimiento de la mujer, cuando previamente la haya asesorado sobre las consecuencias del hecho y las razones existentes para preservar la vida del feto.
ARTICULO 94.- Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a DOS (2) años, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado de embarazo de la paciente fuere notorio o le constare.
ARTICULO 95.- Será reprimida con prisión de UNO (1) a CUATRO (4) años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare fuera del plazo previsto en el artículo 93, primer párrafo. La tentativa de la mujer no es punible.
ARTICULO 96.- Será reprimido con prisión de UNO (1) a CUATRO (4) años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, el que causare a un feto una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque en él una grave tara física o psíquica.
Si la lesión o enfermedad precedentemente descriptas se produjeren por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, la pena será de UN (1) mes a UN (1) año e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena.
[...]
CAPITULO VI. Actos discriminatorios
ARTICULO 112.- Será reprimido con prisión de UN (1) mes a TRES (3) años el que realizare propaganda basada en ideas de superioridad de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tenga por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.
En igual pena incurrirá el que por cualquier medio alentare o incitare a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.
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